La aplicación de una nueva Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene (TISH) a los parques eólicos de Olavarría volvió a instalar la discusión sobre la presión tributaria municipal sobre las inversiones en energías renovables.
El Concejo Deliberante estableció un régimen especial para los establecimientos dedicados a generar electricidad mediante fuentes eólicas. La base imponible quedó vinculada con la potencia nominal instalada de cada aerogenerador.
El esquema contempla valores anuales que van desde USD 850 por MW para aerogeneradores de menor potencia hasta USD 700 por MW para los equipos de mayor capacidad, con una tarifa decreciente a medida que aumenta la potencia instalada.
La fórmula definitiva surgió después de negociaciones con las compañías del sector. Inicialmente se había planteado una tasa equivalente al 1,38% de la facturación de los parques, aunque posteriormente se avanzó con el sistema basado en dólares por megavatio instalado.
La discusión tiene especial relevancia porque Olavarría concentra importantes inversiones en generación renovable. En el distrito existen cuatro desarrollos eólicos que, entre instalaciones operativas y proyectos en construcción, reúnen 82 aerogeneradores.
Entre ellos se encuentra el Parque Eólico Cementos Avellaneda, con nueve aerogeneradores y 84 MW de potencia, además del Parque Eólico Olavarría, actualmente en construcción, que contempla 30 equipos y una capacidad de 184 MW.
A estos desarrollos se suman Vientos de Olavarría y La Rinconada, que reúnen otros 43 aerogeneradores y aproximadamente 194 MW de capacidad.
Con la incorporación de los proyectos actualmente en desarrollo, la estimación es que el municipio podría recaudar entre US$ 360.000 y US$ 380.000 anuales mediante el nuevo esquema.
El caso volvió a instalar la expresión de “impuesto al viento”, utilizada anteriormente en otras discusiones municipales sobre gravámenes aplicados a emprendimientos renovables, aunque formalmente el régimen de Olavarría se encuentra instrumentado mediante la TISH.
Para las empresas, uno de los puntos centrales pasa por garantizar previsibilidad tributaria durante la vida útil de las inversiones. En ese sentido, el acuerdo alcanzado contempla un esquema de estabilidad fiscal durante 20 años.
La discusión también se produce después del vencimiento, a fines de 2025, del plazo establecido por el artículo 17 de la Ley 27.191 para impedir determinados gravámenes específicos sobre proyectos de energías renovables.
Paralelamente, en el Congreso nacional avanzó durante 2026 una iniciativa para extender ese régimen hasta 2045, una discusión que podría tener consecuencias directas sobre la capacidad de los gobiernos locales para establecer nuevos cargos sobre estos proyectos.
A ese escenario se suma el debate judicial sobre los límites de las tasas municipales. La cuestión central pasa por determinar qué relación debe existir entre el monto exigido al contribuyente y el costo del servicio efectivamente prestado por el municipio.
El tema resulta particularmente relevante cuando los municipios utilizan variables como la facturación, los ingresos o la capacidad productiva para determinar una tasa, en lugar de calcularla directamente en función del servicio brindado.
Desde el sector renovable advierten que una proliferación de gravámenes municipales puede modificar los costos previstos originalmente para proyectos que requieren inversiones millonarias y períodos prolongados para recuperar el capital.
Los municipios, en cambio, plantean la necesidad de contar con recursos para prestar servicios vinculados directa o indirectamente con las actividades económicas desarrolladas dentro de sus territorios, entre ellos infraestructura, seguridad y atención ante emergencias.
El caso de Olavarría vuelve así a colocar en discusión hasta dónde llega la potestad tributaria municipal y dónde comienza un impuesto encubierto bajo la figura de una tasa, un debate que podría extenderse a otras localidades donde se desarrollan proyectos eólicos, solares y otras inversiones energéticas.